Entrevista a Maitane Valdecantos sobre la adaptación de los abogados a LexNET.
Nos encontramos tan solo a unas semanas de la fecha que la Ley 42/2015 prevé como obligatoria para la comunicación telemática de los Abogados y Procuradores con los Juzgados y Tribunales. Esto es, 1 de Enero de 2016.
Dicha ley, se enmarca dentro del compromiso de utilización de las tecnologías de comunicación electrónica como medio habitual de actuación de la Administración de Justicia con los profesionales del derecho y ciudadanos.
En este sentido, se establece el 1 de enero de 2016 como fecha a partir de la cual todos los profesionales de la justicia y órganos judiciales y fiscalías estarán obligados a emplear los sistemas telemáticos existentes en la Administración de Justicia para la presentación de escritos y documentos y la realización de actos de comunicación procesal.
Entrevista a la letrada
Con motivo de la entrada en vigor de dicha ley Wolters Kluwer ha entrevistado a Maitane Valdecantos, abogada, responsable IP & IT en Grupo Eurotax, Presidenta de la Comisión de PI y Dº del entretenimiento y Coordinadora de formación Papel “0” del ICASV.
La letrada, que en estos momentos es una de las responsables de oficiar los cursos de formación que se realizan en el ICASV sobre el tema en cuestión, nos habla de las diferencias entre LexNET y Justicia SIP (plataforma de la C.A. País Vasco), su modo de acceso, sus posibles problemas, superación del límite previsto de MB para envío de documentación, convivencia de las distintas plataformas en España, etc.
Reforma de la legislación y entrada en vigor
Ley 42 /2015 , de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Disp. Adicional 12ª.
“La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
No obstante, las previsiones relativas a la obligatoriedad de todos los profesionales de la justicia y órganos y oficinas judiciales y fiscales, que aún no lo hagan, de emplear los sistemas telemáticos existentes en la Administración de Justicia para la presentación de escritos y documentos y la realización de actos de comunicación procesal en los términos de la ley procesal y de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación, entrarán en vigor el 1 de enero de 2016, respecto de los procedimientos que se inicien a partir de esta fecha.
……….”
Como apunta la letrada, el cambio que supone dicha adaptación a los medios de comunicación telemática, es comparable a lo que supuso la llegada del Euro o en términos jurídicos, la entrada en vigor de la LEC 2000 y concluye afirmando que «de una manera u otra acabaremos adaptándonos a dichos cambios».
Video entrevista: Wolters Kluwer
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